Aviso urgente de Hacienda: el dineral que te puedes llevar en la renta si vas al gimnasio
Las personas que vayan al gimnasio pueden aplicar una deducción en la declaración de la renta


La campaña de la declaración de la renta empezó el pasado miércoles 2 de abril y hasta el próximo 30 de junio los españoles que cumplan con los requisitos tendrán la obligación de declarar los ingresos correspondientes a 2024. La Agencia Tributaria permite a los españoles pagar menos impuestos gracias a una serie de reducciones o deducciones y una de ellas tiene que ver con las cuotas de los gimnasios. Consulta en este artículo lo que debes hacer para aplicar la deducción del gimnasio en la campaña de la declaración de la renta.
Que el resultado de la declaración de la renta salga ‘a devolver’ es el objetivo de los millones de contribuyentes españoles que, entre el 2 de abril y el 30 de junio, tendrán que presentar la declaración de la renta. Para que el resultado del ejercicio del IRPF salga favorable, la Agencia Tributaria permite aplicar ciertas reducciones o deducciones, que tienen como fin que los ciudadanos paguen menos impuestos.
Aunque las reducciones y las deducciones tengan la misma finalidad, no significan lo mismo. Por lo que respecta a la primera, lo que hace es restar sobre la base imponible y tiene que ver con mutualidades, planes de pensiones, seguros privados o pensiones compensatorias y anualidades por alimentos. Por lo que respecta a las deducciones, estas se restan sobre la cuantía total y podemos encontrar las estatales y autonómicas. Estas son las que muchos conocemos y tienen que ver con el descuento de la renta por vivienda habitual, pago del alquiler, familia numerosa, maternidad o por la adquisición de vehículos eléctricos.
La cuota del gimnasio en la declaración de la renta
Cada comunidad autónoma en España puede aplicar las deducciones que considere en la declaración de la renta y la Comunidad Valenciana, desde el año 2023, ofrece a sus ciudadanos y ciudadanas la posibilidad de obtener una deducción en la declaración de la renta por ir al gimnasio. Concretamente, las personas que realicen deporte y actividad física podrán deducirse hasta un 30% del IRPF en las cuotas de gimnasios y en la contratación de personal para impartir sus actividades. Todo con base en la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, de la Comunitat Valenciana.
Esta fue una iniciativa llevada a cabo por el Gobierno de Carlos Mazón de la que en los últimos años se han beneficiado cientos de miles de valencianos, que podrán generar unos ahorros por desarrollar una actividad física durante el año y pagar una cuota del gimnasio mensual. La Comunidad Valenciana estableció un límite de 150 euros por contribuyente, que tendrán que cumplir con dos requisitos: la presentación de la factura para demostrar el gasto y un límite máximo de base liquidable del contribuyente.
Para que esta deducción en la renta sea efectiva, la cuota del gimnasio se tendrá que pagar a través de tarjeta de crédito, débito, mediante una transferencia bancaria o a través de la aplicación Bizum. No se permitirá desgravarse las cantidades que hayan sido pagadas en metálico. De ello se podrán aprovechar tanto los que paguen esta cuota para su título individual como para su cónyuge o sus ascendientes o descendientes.
Además de las cuotas del gimnasio, también da derecho a deducción las cantidades satisfechas en concepto de:
- Clubes deportivos.
- Federaciones deportivas.
- Grupos de recreación deportiva.
- Secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas.
- Agrupaciones de recreación deportiva.
- Asociaciones de federaciones.
- Sociedades anónimas deportivas.
Además de ello, también podrán deducirse hasta 150 euros en la declaración de la renta los que hayan hecho una «adquisición del equipamiento obligatorio para la práctica del deporte federado», los «servicios personales de entrenamiento prestados por técnicos y entrenadores deportivos» y los que se pongan en manos de «traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en Dietética».
Requisitos para la deducción del gimnasio
Para poder acceder a esta deducción en la renta por el gimnasio, también habrá que cumplir con otra condición. Para ello, la «suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, casillas 0500 y 0510 de la declaración, respectivamente, no sea superior a 32.000 euros en declaración individual y a 48.000 euros en declaración conjunta».
Para aplicar esta deducción, dentro del borrador de la renta habrá que dirigirse al apartado «por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud». En años anteriores ha estado en la casilla 159, mientras que la 160 tiene que ver con las «cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables».